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Artículo 69-B del SAT necesita más ‘dientes’ para combatir a las empresas fantasma

Actualizado: 17 nov 2020

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La simulación de operaciones que hacen las llamadas empresas fantasma le ha costado caro a las arcas del erario, y la lista negra del Servicio de Administración Tributaria (SAT) aún requiere de un elemento clave para detener las operaciones de estas empresas.

"Falta alguna reforma legal que establezca expresamente esa consecuencia. Sería lo deseable pero las autoridades de Hacienda solo pueden actuar cuando la ley se los permite, en este caso como no hay un artículo, un fundamento legal que establezca que las cuentas de las empresas que aparecen en el 69-B tengan que inmovilizarse o cancelarse, no puede hacer nada"

Hasta el 5 de febrero, el listado del 69-B o lista negra del SAT tenía a un total de 11,110 empresas un total de 11,110 empresas, de las cuales 9,317 estaban como definitivas, 272 con el carácter de desvirtuado, 1,049 como presunto y 472 con sentencia favorable.


El monto de las operaciones celebradas por las empresas fantasma entre 2014 y junio de 2019 sumaron 1.61 billones de pesos; éste se incrementa día con día con las revisiones del SAT.


Una vez que las empresas quedan en el listado, o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) y ya no pueden operar.


"Lo que falta es terminar de cerrar el círculo para impedir que esas empresas sigan moviendo el dinero, ya no pueden operar comercial ni fiscalmente, pero lo único que falta que es la cosa más importante, que no tengan los márgenes de dinero a través de las cuentas bancarias"

Una vez que las empresas quedan en el listado, o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) y ya no pueden operar.


En tanto, cuando un contribuyente se entera que uno de sus proveedores está en la lista del 69B, debe revertir sus operaciones dado que los comprobantes fiscales digitales por internet de sus proveedores quedaron cancelados , por lo que entonces no puede comprobar los gastos efectuados, y debe cancelar las deducciones de ISR y los acreditamientos de IVA que hayan efectuado.


Desde mediados de 2018, la entonces jefa del SAT, Margarita Ríos-Farjat, impulsó una campaña en contra de las empresas fantasma , sin embargo, desde entonces no ha habido un anuncio importante respecto al tema.


“Tanto la exjefa del SAT y el procurador fiscal de la federación estuvieron anticipando que actuarían muy fuerte contra las empresas fantasma, sin embargo, eso no ha sucedido, entonces sí hay un riesgo muy alto de que pierdan credibilidad y por lo tanto la intimidación que se hizo contra las fantasma y contra quienes compraron facturas falsas quede en nada, en simples amenazas”, comentó Pérez de Acha.


Por otro lado, en enero, la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó por medio de una jurisprudencia que, por medio de sus facultades de comprobación, la autoridad puede , sin que sea necesario iniciar el procedimiento a que del 69-B.


Por lo que para comprobar que los contribuyentes, responsables solidarios o terceros relacionados han cumplido con las disposiciones fiscales y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobar la comisión de delitos fiscales y para proporcionar información a otras autoridades fiscales, tiene facultades para efectuar una revisión de gabinete.


Para lo anterior, las autoridades pueden requerir que exhiban an en su domicilio, establecimientos, en las oficinas de las propias autoridades o en el buzón tributario, practicar visitas y revisar su contabilidad, bienes y mercancías.


De acuerdo con la tesis de jurisprudencia, si la autoridad detecta con estas facultades que una persona física o moral no acreditó la efectiva prestación del servicio o adquisición de los bienes, o no corrigió su situación fiscal, determinará el o los créditos fiscales, y las operaciones amparadas en los comprobantes fiscales se considerarán como actos o contratos simulados.


Pérez de Acha, agregó que lo deseable es que con las reformas que se van a hacer a la Ley Antilavado se incluyera de las empresas fantasma plenamente identificadas.





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